miércoles, 15 de abril de 2009

Los peritos impertinentes


En el último número de “Popular Mechanics”, con la re-exposición del conocido y vergonzante caso de Roy Brown, se vuelve a poner en seria duda lo controversial que resultan las conclusiones de no pocos dictámenes periciales de “ciencia forense” en la aplicación de sanciones penales que pretenden satisfacer el ideal “justicia” dentro del contexto del dogma de “contrato social” que han asumido nuestros estados.
En efecto, la finalidad persecutoria, castigadora (punitiva) y, en muchos casos, la presión social de un porcentaje de la nación por una respuesta tan “efectiva” como “demagógica”, se han antepuesto a la finalidad esencial de los estados de salvaguardar la integridad de todos y cada uno de sus ciudadanos. Así, el sistema parece soslayar que dentro de este propósito está el de amparar también los derechos esenciales (vida, salud, libertad) de los propios sospechosos de haber cometido una acción punible, en tanto personas humanas y componentes de la sociedad.
Como saben algunos, en ese emblemático caso, el señor Brown pasó quince años de prisión siendo inocente en razón a una sentencia motivada esencialmente por un dictamen pericial del dentista Edward Mofson.
Es cierto que nuestro sistema posee salvaguardias legales que amparan más efectivamente los derechos de los procesados en estos casos, de tal modo que nuestros sistemas penales normalmente prefieren –al menos en teoría- “liberar a un culpable que encarcelar a un inocente”; todo lo cual no ha sido óbice para sobrepoblar nuestras penitenciarias de santos mártires e inundar las calles de maleantes convictos y confesos. Pero no es menos cierto tampoco que entre nuestros magistrados se ha colado el infeccioso dogma de dejar el veredicto final de las pruebas a dictámenes periciales que, generalmente, tienen pocas oportunidades de ser refutados.
Juegan en contra la sobrecarga procesal que impide un conocimiento juicioso de los asuntos materia de litis, pero también la probada “impericia de los peritos” para la enorme mayoría de procesos, de tal modo que solo suelen ser adecuadamente seguidos aquellos que concitan la expectación de cierto sector del morbo militante y los plumíferos de las redacciones de la sección policiales. Agréguese a ello la limitada cantidad de peritos y que los ya pocos que hay normalmente no se abastecen con la cantidad de tareas encomendadas.
El dogma de la ciencia penal se desbarata cuando nos enteramos que estos sistemas son absolutamente deficientes, que no han sido desarrollados por auténticos científicos y que los procedimientos reales, tanto en el lugar de los hechos como en los laboratorios, poco o nada tienen que ver con la espectacularidad casi marciana que pretenden mostrar las series de televisión policial (tipo CSI) los mismos que, en gran medida, han inoculado ese pernicioso dogma entre los juzgadores.
Las patinadas de la llamada ciencia penal son tan bochornosas que ha tenido estrepitosos gazapos incluso en asuntos tan de dominio público como el 11S o el 11M.
Esperemos pues que la progresiva adecuación de nuestro sistema nuevo procesal penal evalúe seriamente estos garrafales errores que han acaecido en el “todopoderoso” y reverenciado sistema anglosajón ( ese sistema que sigue matando inocentes por criterios que normalmente no suelen ser más que prejuicios y en donde la llamada “ciencia forense” se presta a las convicciones de la masa ignorante y al perro muerto que pretende vender los alguaciles del Oeste que sostienen su respectivo sistema) ¿O acaso el mismo Obama no se ha visto amenazado con convertirse en el nuevo habitante del panteón una vez que pretendió investigar los aquelarres cochambrosos de la CIA?
Tarea pendiente para magistrados. Pero esencialmente para policías y abogados.

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